Nueva Actualización por RG 5329/2023 Retención de IVA – Programa de monitoreo fiscal

Tiempo de lectura: 4 minutos

Que es objetivo permanente de esta Administración Federal optimizar su capacidad operativa y de control, contribuyendo de esa manera a una mayor eficiencia en la gestión de los tributos a su cargo.

Que, en orden a su consecución, resulta conveniente desarrollar modalidades de control que permitan inferir anticipadamente la magnitud de las obligaciones fiscales y que, a su vez, impliquen un proceso de cambio y modernización en la prestación de servicios a los administrados.

Que estas nuevas acciones prevén maximizar la explotación de los recursos informáticos del Organismo, realizando cruces sistémicos inteligentes de los datos colectados, entre otras fuentes, a través de los distintos regímenes de información vigentes.

Que a tal fin corresponde establecer el “Programa de Monitoreo Fiscal” mediante el cual se controlarán en tiempo real las declaraciones juradas que presenten los contribuyentes y responsables.

Que el programa que se implementa por la presente complementa las restantes acciones de investigación y fiscalización que habitualmente ejecuta esta Administración Federal, promoviendo además el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales y profundizando la transparencia de la relación fisco-contribuyente.

Que por otra parte, razones de administración tributaria tornan aconsejable implementar un régimen de percepción del impuesto al valor agregado, aplicable a las operaciones de venta de productos alimenticios para consumo humano (excepto carnes, frutas y hortalizas), bebidas, artículos de higiene personal y limpieza que se realicen entre sujetos que revistan la calidad de responsables inscriptos en el gravamen.

Que dicha herramienta permitirá un mayor control de las transacciones concertadas y/o perfeccionadas, así como reducir las posibilidades de evasión y la informalidad verificada.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Recaudación, Fiscalización, Servicios al Contribuyente y Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección General Impositiva.

Solo disponible para la versión Idus 20.23.50.

Es importante tener en cuenta que esta actualización, requiere la asistencia o que la haga directamente la mesa de ayuda, debido a que hay cosas nuevas que instalar y proveedores de servicio que ahora usa Idus® que son necesarios actualizar para trabajar con la ultima versión de estos, y estar mas seguros ante la amenaza de robo de datos. 

Sin excepción, por lo cual: solicitamos se pongan en contacto con la mesa de Ayuda, para poder coordinar la misma.

 

La Actualización solo se solicita a Mesa de ayuda. no hay página de descarga. 

Una vez actualizado. se debe ingresar desde IDUS® a el siguiente menú. 

Archivo >> Auxiliares >> Configuración percepciones IVA RG 5329/2023

 

Esta el la ventana de configuración. 
En ella podemos observar los campos a completar. 
1- razón social que está configurándose.

2- tipo de responsabilidad frente al IVA.

3- monto mínimo imponible. Ósea, desde que monto se comienza a percibir. (en el caso de esta RG, y hoy 03/04/2023 el monto mínimo imponible es del 100.000,00 y el porcentaje de retención es del 3%). Los porcentajes puede variar por la inflación y son responsabilidad del operador de Idus® la carga de los mismos. 

4- para confirmar: presione el botón Grabar!

nota: en este punto de la RG hoy 03/04/2023, solo es para responsables inscriptos. 

Como se puede ver en la imagen. se practica la percepción superando en el “neto” los el monto mínimo imponible configurado con anterioridad. 

los importes menores a este. no se practicará percepción. 

Para exceptuar a los Sub Rubros que no participan de esta percepción, se debe ingresar 1 por 1 y destildar el tilde con el nombre: “Sub Rubro contenido en el RG 5329/2023”.

Al destildarlo este sub rubro, no será considerado en la sumatoria del neto que se usara como base imposible de la percepción. 

El informe de Libro de Iva Ventas tradicional y el Libro de Iva electrónico, están actualizados con las modificaciones pertinentes. 

En la configuración del témplate de impresión de comprobantes  que se hace desde la FE. el campo en donde se encuentra del datos esta percepción es el num9 disponible en el miembro cabecera del hilos de datos principal. 

Esto debe arrastrarse o colocarse en la hoja de la izquierda, junto a los demás valores que se muestran en los impuestos de cada comprobante. 

  • Es sumamente necesario actualizar todas las PC’s que sean de consultas como de procesos. 
  • Toda intervención de mesa de ayuda sobre este tema. tiene un costo técnico adicional al Abono.
  • Los costos de desarrollos, fueron asumidos por el seguro mensual pagado en cada abono.  

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